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Mostrando entradas de marzo, 2013

PRECIOS DECLARACIÓN DE LA RENTA 2022

DECLARACIÓN DE LA RENTA ONLINE Realice su DECLARACIÓN DE LA RENTA de las Personas Físicas del año 2022 por profesionales del derecho y la fiscalidad que le ayudaran a pagar lo justo. ¿No está conforme con el borrador de la RENTA que le envía Hacienda? Su Declaración de la Renta estará lista en un plazo máximo de 48 horas en su correo electrónico en el documento oficial de hacienda, ¡ lista para presentarla! sin que tenga que perder ni un minuto de tu tiempo. Pida cita en nuestro correo electrónico. Aprovéchese antes de que termine el plazo ¡¡¡¡ Nosotros nos encargamos de confeccionar su declaración de la renta estudiando la opción mas beneficiosa para usted y aplicando el máximo de deducciones posibles. Antes de presentar la declaración le enviaremos un borrador para que compruebe todos los datos y en cuanto nos dé la conformidad, presentamos su declaración de la renta telemáticamente en la Agencia Tributaria o bien le enviamos la declaración por correo electrónico.

PLAZOS PARA SOLICITAR EL BORRADOR DE LA RENTA 2012

PLAZO PARA SOLICITAR EL BORRADOR/ DATOS FISCALES      Por Internet:  2 de abril a 1 de julio de 2013  (Con certificado electrónico, DNIe o Nº de referencia). Correo Postal: Mayo y junio. MODIFICACIÓN BORRADOR: Por Internet:  2 de abril a 1 de julio . (Con certificado electrónico, DNIe o Nº de referencia). Por teléfono Renta asistencia (901200345):  2 de abril a 1 de julio . (Con Nº de referencia). En oficinas AEAT, CCAA y entidades locales colaboradoras (con cita previa):  13 de mayo a 1 de julio . Plazo de solicitud de cita previa:  6 de mayo a 28 de junio . Le solicitamos y confirmamos su Borrador/Datos Fiscales online  por tan sólo 19,95 € .   S i necesita ayuda para revisar su borrador y preparar su declaración, puede consultarnos  sin compromiso       easesoronline@gmail.com

SUBVENCIONES AUTÓNOMOS CASTILLA LEÓN HASTA 13.000 €

Actuaciones Subvencionables 1.–  El inicio de una actividad económica por cuenta propia.  El solicitante deberá, además de estar dado de alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente,  acreditar la realización de unos gastos por cuantía no inferior a 4.000 €,  sin incluir IVA, o, en su caso, los impuestos indirectos equivalentes cuando sean susceptibles de recuperación o compensación. No será necesario acreditar la realización de dichos gastos cuando el solicitante de la subvención fuese un familiar, por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, y, en su caso, por adopción, del trabajador por cuenta propia titular de la actividad económica. La realización de los referidos gastos se sujeta al cumplimiento de los siguientes  requisitos: a)  Deberán responder de manera indubitada a la naturaleza de la actividad económica a subvencionar, ser esenciales para el desarrollo de ésta y estar encuadrados en alguno de los conceptos que