Ir al contenido principal

Entradas

Mostrando entradas de agosto, 2013

PASOS A SEGUIR PARA CONSTITUIR UNA EMPRESA

Antes de comenzar con la actividad empresarial debemos constituirnos como empresa. Solo nos constituiremos si la forma jurídica por la que hemos optado es una sociedad mercantil. En el caso de que seamos un empresario individual, una comunidad de bienes o una sociedad civil no es necesario realizar ningún trámite para la constitución como empresa. A continuación se enumeran y describen brevemente todos los trámites a realizar para la constitución de nuestra empresa: • Certificación negativa del nombre: este trámite lo tienen que hacer todas las sociedades mercantiles. Se trata de un certificado que acredita que no existe otra Sociedad con el mismo nombre que la nuestra; • Autorización previa administrativa: solo es obligatorio para la constitución de sociedades mercantiles especiales. Es solicitada por uno de los promotores de la sociedad que se va a crear. Con este trámite se califica el proyecto de estatutos; • Otorgamiento de la escritura pública: obligatorio par

CONSTITUCION DE SOCIEDADES EN 48 HORAS

AYUDAS NUEVOS AUTONOMOS COMUNIDAD VALENCIANA

Solicitud de ayudas a trabajadores desempleados que se constituyan en trabajadores autónomos (Fomento del Empleo dirigido a emprendedores 2013). Servef ¿Quién puede solicitar las ayudas? Las personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo en el correspondiente centro Servef que se constituyan en personal autónomo o profesional durante el año 2013 desde el 1 de junio de 2013. Requisitos a) El inicio de la actividad deberá producirse entre el 1 de junio y el 20 de septiembre de 2013, ambos inclusive. Se considerará a estos efectos como fecha de inicio la que conste en el documento de declaración de alta en el Censo de Obligados Tributarios (mod. 036 o 037). b) Permanecer inscrito como desempleado hasta el inicio de la actividad; asimismo no deben haber figurado encuadrados en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en el Censo de Obligados Tributarios, en los 6 meses anteriores al inicio de aquella. c) No haber disfrutado en alguno de los tres eje