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Mostrando las entradas etiquetadas como pagos efectivo

Nueva Limitación de los Pagos en Efectivo

Régimen anterior. Con el fin de evitar los pagos ”B” y reducir el fraude fiscal, desde hace unos años están prohibidos los pagos en efectivo (en metálico, cheque bancario al portador o cualquier otro medio de pago al portador) iguales o superiores a los siguientes importes: 2.500 euros en caso de operaciones en las que una de las partes actúe como empresario o profesional. 15.000 euros cuando el vendedor sea un empresario y el pagador un particular no residente en España. Para que sea aplicable este límite más elevado, el vendedor español debe conservar pruebas que acrediten que el comprador era un no residente (por ejemplo, una fotocopia del pasaporte o del certificado de residencia fiscal en otro país). Sin límites. No quedan afectados por esta prohibición, por tanto, los pagos mediante cheque nominativo, tarjeta de débito o crédito, transferencia bancaria..., ni tampoco las operaciones realizadas entre particulares. ¡Atención! Para que sean aplicables estos límites siempre es precis

LEY ANTIFRAUDE FISCAL: CUESTIONES PRÁCTICAS SOBRE LA LIMITACIÓN DE PAGOS EN EFECTIVO

Una persona compra un producto en un gran almacén por importe de 1.500 euros y pide un ticket, y en el mismo día compra otro producto por 1.200 euros que paga en otra caja del establecimiento y pide un ticket. Al día el cliente pide que le emitan una factura en relación a los dos tickets a nombre de una empresa. El vendedor pregunta si esas operaciones se encuentran sometidas a las limitaciones a los pagos en efectivo. Contestación:  En estos casos se puede tratar de dos operaciones distintas, que podrían satisfacerse en efectivo al no superar ninguna de ellas los 2.500 euros. No obstante, si las operaciones se refiere a los mismos bienes o a bienes que se encontraban directamente relacionadas, y el cliente las separase con la intención de fraccionar una única operación, se sumarían los importes. En este caso, si el gran almacén detectara este fraccionamiento, debería indicar al cliente que el pago debería efectuarse por medios distintos al efectivo. Si el gran almacén no pu